Durante
muchos años, los clientes argentinos de Electrónica Megatone SA
(marca Musimundo) que se atrasaban con sus deudas, veían como desde las
sucursales ubicadas en todo el país, la empresa les emitía recibos imputando el
veintitrés por ciento (23%) de esas sumas a cuenta de honorarios del Dr.
Pablo Omar Theiler de la ciudad de Santa Fé.
Por
ejemplo, si alguien pagaba $ 100, la empresa imputaba $77 a cuenta de la deuda
que se tenía con la empresa, mientras que el resto de los $ 23 eran imputados
al abogado mencionado. Esta situación injustificable se repitió en todas y
cada una de las sucursales que tenía EM en nuestro país durante mucho
tiempo.
Debemos destacar
que la posibilidad de
cobrar honorarios a la contraparte, encuentra su causa o fundamento en una
sentencia judicial que así lo imponga. O sea, el principio que
rige en todas las jurisdicciones del país es que mientras no exista una
sentencia que así lo determine, el deudor solo debe capital y los intereses
devengados por la deuda (nada más).
Advertida
la maniobra por la asociación de consumidores “USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS”,
la institución se decidió iniciar la correspondiente acción colectiva de
carácter nacional. Para ello se contó con la ayuda de la asociación Unión de
Usuarios y Consumidores.
El
juicio colectivo se inició en fecha 6/5/ 2011 y tramita por ante el
Juzgado nº5 de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos (“USUARIOS Y
CONSUMIDORES UNIDOS y otro/a C/ ELECTRÓNICA MEGATONE S.A. y otros S/REPETICIÓN
SUMAS DE DINERO” Expediente nº 102.863).
En
dicha acción las asociaciones UCU y la UNIÓN han pedido a la autoridad judicial
que se se condene a Electrónica Megatone a:
- Ordenar el cese de la práctica comercial abusiva denunciada.
- Condenar a las accionadas a reintegrar a los clientes de sus servicios lo cobrado con más los intereses correspondientes.
- Se requiere asimismo se imponga una multa punitiva equivalente a cinco veces la suma a reintegrar a cada uno de los consumidores afectados.
A
partir del inicio de la demanda, al menos, se consiguió que Electrónica
Megatone SA suspendiera la práctica impugnada. Es un logro importante para
la asociación, ya que se evitó que miles y miles de consumidores
continuaran abonando sumas sin causa.
Lamentablemente,
EM viene resistiendo y poniendo trabas al pedido de reintegro colectivo del
dinero cobrado sin causa. Para ello sostuvo que el Juzgado indicado para el
trámite de la acción sería la ciudad de Santa Fe, cuestión que fue rechazada
recientemente por la Corte Suprema de nuestro país.
Con
el mismo propósito sostuvo que la asociación no tiene facultades
para representar a los intereses de miles de argentinos afectados por esta
empresa, lo que la justicia también rechazó en su oportunidad.
El
expediente actualmente se encuentra actualmente en trámite.
Fuente:
ucu.org.ar
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