El Directorio del Banco Central de la República
Argentina (BCRA) aprobó un conjunto de normas orientadas a ampliar y afianzar
la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros.
La normativa que se incorporó al régimen vigente sobre protección de derechos de los usuarios de servicios financieros contempla los siguientes casos:
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Las
entidades financieras no podrán cobrar cargos o comisiones que deriven de la
prestación de un servicio cuya comisión o cargo se encuentren incluidos en
otros conceptos ya cobrados por las entidades.
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Las
entidades financieras no podrán aplicar cargos o comisiones a las operaciones
realizadas por los usuarios por ventanilla en sucursales diferentes a aquella
en la que esté abierta la cuenta. Esta limitación incluye los movimientos de
fondos en efectivo en pesos –depósitos y extracciones- y la recepción de
cheques efectuados por cuenta propia o de terceros.
-
En ningún
caso las entidades financieras podrán registrar retribuciones o utilidades por
los seguros que sus usuarios deban contratar como condición para acceder a un
servicio financiero.
Estas medidas forman parte del Plan Nacional de
Bancarización Inclusiva y apuntan a garantizar la protección efectiva de los
derechos de los usuarios de servicios financieros y una mayor transparencia en
las prestaciones de las entidades financieras.
Fuente: Banco Central de la República Argentina.
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